SEGUROS LEXO

Propiedad Horizontal

Propiedad Horizontal

Lexo seguros

¿QUÉ ES LA PÓLIZA?

Es una solución integral para reparar los daños o pérdidas materiales a los que se vea expuesto su edificio o copropiedad. Al contar con este respaldo, usted y los demás copropietarios podrán disminuir estratégicamente cualquier riesgo que deteriore su patrimonio.

Déjanos tus datos para cotizar

¿Quién o para quien es obligatoria? ¿Quién la solicita?

¿Quién o para quien es obligatoria? ¿Quién la solicita?

Según la Ley 675 de 2001, toda propiedad horizontal, es decir perteneciente a dos o más dueños, está en la responsabilidad de adquirir un seguro que ampare los bienes comunes de riesgos como incendio, terremoto u otros sucesos que perjudiquen la estabilidad y tranquilidad de quienes ocupan temporal o permanentemente el inmueble.

DOCUMENTOS REQUERIDOS

  • Nombre o razón social del tomador / asegurado
  • Nit
  • Dirección
  • Ciudad
  • Estrato
  • Año de construcción
  • Torres
  • Pisos
  • Sótanos
  • Locales
  • Apartamentos
  • Parqueaderos
  • Valor edificio
  • Maquinaria y Equipo
  • Muebles y Enseres
  • Equipo eléctrico y electrónico fijo
  • Equipo eléctrico y electrónico móvil
  • Dineros

Lexo Seguros

AMPAROS

AMPAROS

Incendio, rayo y el calor y el humo producidos por estos hechos.

Explosión ocurrida dentro o fuera de la copropiedad.

Huracán, tornado, vientos fuertes y granizo.

Daños ocasionados por exceso de agua y avalancha.

Asentamientos, deslizamientos, hundimientos de terreno, derrumbes y desprendimiento de tierra o roca.

Terremoto, temblor de tierra, erupción volcánica, maremoto o tsunami.

Impacto de vehículos terrestres o caída de aeronaves u objetos que se desprendan de ellas.

Riesgos sujetos al funcionamiento de maquinaria y equipos, tales como sabotaje por parte de personal interno o ajeno a la propiedad.

EXCLUSIONES

Guerra, invasión, actos de enemigos extranjeros, hostilidades u operaciones bélicas (exista o no declaración de guerra).

Embargos, secuestros, sanciones civiles, allanamientos, confiscaciones, decomisos, expropiaciones y similares.

Riesgos nucleares y atómicos.

Contaminación biológica, química, ambiental o por radioactividad.

Daño o pérdida material causada directa o indirectamente por cohetes o misiles.

Fraude por parte suya como asegurado.

Daños estéticos sobre bienes materiales como rasguños, manchas o rayones.

Cualquier daño ocasionado por enfermedades infecciosas o contagiosas